Dentro de nuestra serie de entradas sobre innovación conviene hablar
sobre la transferencia de tecnología porque en ella se apoya la innovación
cuando el conocimiento que se aplica en la mejora de un producto, un proceso o
una forma de organizarse, tiene origen en una disciplina u organización
distinta de la de su aplicación.
Nuestra entrada
anterior explicaba cómo el investigador obtiene un conocimiento que el
innovador aplica luego a la mejora de su práctica diaria. En los cuidados en
salud, es frecuente que el investigador y el innovador sean la misma persona. En
este caso, el conocimiento adquirido por la faceta investigadora del
profesional se aplica gracias a la faceta innovadora. El conocimiento aplicado
se ha llamado tradicionalmente tecnología, de ahí que se diga que su traslado a
otro hospital, clínica o sistema sanitario ocurre mediante la transferencia de
tecnología.
La utilización del término “tecnología” se ha venido sustituyendo
últimamente, en los medios y en nuestras conversaciones coloquiales, por el
término “innovación”[1],
pero no así en el procedimiento de traslado del conocimiento aplicado, que se
sigue llamando transferencia de
tecnología. A algunos les parecerá que la expresión “transferencia de
tecnología” es auto-descriptiva, sin embargo el asunto es más complejo de lo
que puede inferirse de una primera impresión. La transferencia de tecnología no se refiere solamente al proceso
de transmisión del conocimiento aplicado, sino también a la transmisión de los
medios y derechos de explotación hacia terceras partes, para su aprovechamiento
o explotación de manera que contribuya al desarrollo de las capacidades de
todas las partes involucradas (REF). En otras palabras: la transferencia de tecnología tiene una clara intención de generar
beneficios económicos derivados de potenciar la innovación en el sector productivo.
Un ejemplo claro de transferencia
de tecnología: en el año 2011 un grupo de investigadores del centro Genyo, en
Granada, diseñaron un nuevo método para la identificación de células tumorales
en el plasma sanguíneo. Hoy en día este método, licenciado a la empresa Pangæa
Oncology (que recientemente movió su
sede social de Barcelona a Zaragoza[2])
se ofrece hoy como parte de uno de sus servicios estrella: Non-invasive 'liquid biopsy'. De esta manera, esta tecnología diagnóstica queda accesible al público general,
siempre –claro está- que se cumplan los requisitos para su indicación médica.
Para empezar a comprender lo que abarca la transferencia de tecnología
en el sector salud, identifiquemos primero de qué exactamente estamos hablando.
Por ejemplo, un medicamento de terapias avanzadas ¿es tecnología sanitaria? y
las Unidades de Gestión Clínica, ¿son tecnología sanitaria? ¿A qué
llamamos “tecnología sanitaria”?
Según la Agencia de Evaluación de
Tecnologías Sanitarias de Andalucía (AETSA),
la expresión “Tecnología Sanitaria” se aplica a “cualquier técnica, instrumento, equipo, medicamento, procedimiento
médico o quirúrgico, a los sistemas de información, a programas sanitarios y a
formas de organización de las diversas prácticas profesionales en los distintos
servicios de salud, ya estén destinados a la prevención, al diagnóstico, al
tratamiento, a la rehabilitación, al cuidado, o a la mejora de la calidad de
vida de los individuos y de la comunidad”[3].
Entonces, tanto los medicamentos
de terapias avanzadas, por ser “medicamento”,
como las Unidades de Gestión
Clínica, por ser “formas de organización
de las diversas prácticas profesionales”, son tecnología sanitaria.
Existen varios modelos de transferencia
de tecnología de diferente complejidad que dan una visión general de la
relación que existe entre los distintos participantes en la transferencia
de tecnología. Los modelos más
simplificados, consideran que los participantes interesados (o stakeholders) en
la transferencia de tecnología, son únicamente los centros públicos de
investigación y las empresas, donde los primeros serían generadores de
conocimiento aplicable y las segundas, el agente de innovación que permite la
accesibilidad a dicho conocimiento aplicable a través de la comercialización. Otros
modelos incorporan al estado como stakeholder y elemento fundamental en la transferencia de
tecnología debido a que tiene la capacidad de potenciarla construyendo un marco
legal que la estimule, como por ejemplo ventajas fiscales para empresas innovadoras
que adquieran tecnología nacida en los centros públicos de investigación[4].
Algún modelo más complejo, incorpora además al mercado como stakeholder que
demandaría el desarrollo tecnológico, activando la transferencia de tecnología a
los tres niveles antes mencionados: organismos públicos de investigación,
empresas y marco legal[5].
Cada uno de los stakeholders de
la transferencia de tecnología tiene su propio conjunto de herramientas para
trabajar. Por ejemplo, los organismos públicos de investigación potencian la
transferencia de tecnología con distintas herramientas y estrategias, como la
incentivación del personal investigador, la obtención de registros de propiedad
industrial (que sirve para potenciar la confianza de los inversores a la hora
de desarrollar la tecnología hasta que esté madura para lanzarla al mercado), o
la firma de acuerdos de colaboración público-privada. En próximas entradas
trataremos con más detalles cada una de estas herramientas.
[1]De manera
cuestionable pues, según el consenso reflejado en el Manual de Oslo (OECD,
2005) “innovación” es el proceso de implantación de una mejora en un producto,
procedimiento o forma de organizarse, en un contexto concreto. Mientras que el
uso actual más extendido, se refiere a una particular aplicación el
conocimiento que no ha sido necesariamente implantado en ningún contexto
concreto todavía.
[2] http://www.expansion.com/catalunya/2017/10/19/59e8687f268e3e6b378b45ca.html
[3] Tomada
del formulario de atención ciudadana de AETSA: http://www-csalud.dmsas.sda.sas.junta-andalucia.es/aetsa/solicitaform.asp
[4] https://academic.oup.com/spp/article-abstract/25/3/195/1630936/The-Triple-Helix-as-a-model-for-innovation-studies
[5] http://onlinelibrary.wiley.com/doi/10.1111/1468-2451.00316/full
Excelente
ResponderEliminar